Opinión

Derechos de pacientes

El pasado 7 de abril se conmemoró el Día Mundial de la Salud, cuyo lema este año ha sido “Mi salud, mi derecho”; un claim que ha tenido como misión intentar sensibilizar acerca de los derechos de todos, en todas partes, a tener acceso a servicios sanitarios.

Desde el Consejo General de Colegios Farmacéuticos, en colaboración con la Plataforma de Asociaciones de Pacientes, se ha lanzado coincidiendo con esta efeméride un Decálogo de Derechos de los Pacientes en las Farmacias Comunitarias, que los colegios farmacéuticos oficiales de cada provincia nos hemos ocupado de difundir entre nuestros miembros.

Se trata de un documento en el que se recogen los principales puntos de la normativa que garantizan los derechos básicos de los pacientes como beneficiarios de la prestación farmacéutica. Un texto que, además, pone de relieve la importancia de la labor asistencial que se ofrece desde las farmacias comunitarias. Los usuarios de la red de boticas siempre van a encontrar en la figura del farmacéutico un aliado que les va a guiar, a orientar y a buscar soluciones alternativas en caso de que exista desabastecimiento del fármaco que le ha sido prescrito.

La farmacia comunitaria está sometida a una sólida legislación en beneficio del servicio que reciben los ciudadanos; normativa que garantiza un acceso cercano, seguro y de calidad al medicamento, gracias a las 22.220 farmacias comunitarias de todo el país (189 en nuestra provincia) y al consejo sanitario que ofrecen los más de 56.000 farmacéuticos que desarrollan su labor asistencial en las mismas (unos 590 de ellos en Ourense).

Además de realizar su trabajo en boticas comunitarias, muchos miembros de nuestro colectivo desarrollan su actividad profesional en los campos de la farmacia hospitalaria y de atención primaria o en el de la distribución farmacéutica.

En la actualidad, las farmacias ofrecen diferentes servicios profesionales farmacéuticos asistenciales (SPFA) que van más allá de la dispensación e indicación farmacéutica, entre los que destacan servicios como los sistemas personalizados de dosificación (SPD) , seguimiento y adherencia terapéutica, o cribado de determinadas enfermedades.

El documento presentado por farmacéuticos y pacientes incluye un total de diez puntos en los que se circunscribe la relación del usuario con el profesional. En primer lugar, el texto reclama tener acceso a un profesional farmacéutico y a recibir atención por éste o bajo su supervisión; además señala el derecho a recibir una atención farmacéutica independiente y de calidad, adaptada a las necesidades de salud del paciente y basada exclusivamente en el mejor criterio profesional y evidencia científica.

Igualmente, el acuerdo consagra el derecho a acceder a los medicamentos y productos sanitarios en igualdad de condiciones. Por otro lado, señala la libertad por parte del usuario de acudir a la farmacia de su elección y a ser atendido con las suficientes garantías de salvaguarda de la privacidad y con estricta confidencialidad de la información y consecuentemente a que se le dispense el medicamento que solicite cuando se cumplan los requisitos previstos, y a que cualquier dispensación sea realizada por o bajo la supervisión de un farmacéutico.

También queda fijado el derecho a recibir el correspondiente asesoramiento personalizado en el uso del medicamento cuando se le dispense, sobre su uso correcto y racional, de acuerdo con la situación clínica, de forma objetiva, accesible y adaptada a cada persona.

Finalmente, el documento incluye otros tres principios. El primero consagra el acceso del usuario a su historial y a la documentación clínica que de él posea el farmacéutico, así como a solicitar copia de este o la cancelación del procedimiento en cualquier momento, en los términos que establezca la legalidad; el derecho a recibir un trato que respete su dignidad y autonomía, sin que pueda ser discriminado por razón de edad, sexo, raza, religión, ideología, nacionalidad o cualquier otra diferencia, y sin que le puedan ser impuestas convicciones morales o religiosas diferentes a las suyas y por último a ser atendido por un farmacéutico identificado.

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