Absuelto de un delito de vejaciones contra una alumna por pedirle un beso en términos cariñosos

Sede de la Audiencia Provincial de Ourense
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Los hechos se produjeron en un centro escolar de la provincia de Ourense

La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto al profesor Martín A.G. de un delito de vejaciones contra una de sus alumnas, revocando así la sentencia condenatoria que había dictado el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Xinzo.

Todo comenzó el 24 de febrero de 2021, cuando tres alumnas interpusieron una denuncia contra el profesor. En una primer juicio, el juzgado de Xinzo no consideró acreditado que el acusado profiriese expresiones vejatorias contra dos de ellas. Contra la tercera estudiante, el juez vio probado que el acusado, en el ámbito de su actuación como docente, tras la elaboración de un café por parte de la alumna, se dirigió a ella pidiéndole un beso e interpelándola, utilizando términos como cariño y corazón

Por estos hechos, el juzgado de Xinzo condenó al acusado por un delito de vejaciones injustas a la pena de 50 días de multa a razón de seis euros diarios. Tras esta sentencia, la defensa interpuso un recurso de apelación solicitando la revocación de la misma y la absolución del profesor. 

Cuatro meses después, el caso llegó a la Audiencia Provincial de Ourense, quien decidió estimar el recurso de apelación y absolver al acusado del delito de vejaciones. La Audiencia, en su sentencia, analizó uno de los argumentos del recurrente, quien consideraba “totalmente desproporcionada la condena por un delito leve de vejaciones injustas ante unos hechos insertos en un halago del profesor a la labor correctamente realizada por la alumna”. 

Argumentación

El órgano judicial cree que “el motivo ha de ser estimado si bien no por la argumentación del apelante, sino porque ante su voluntad impugnativa lo cierto es que los hechos enjuiciados y declarados probados eran atípicos a la fecha de su comisión, infringiéndose así el principio de legalidad”.

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