El Senado estudiará el 2 de abril autorizar al Supremo a juzgar a Baltar por un delito de seguridad vial

El senador del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar (EP)
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La Comisión de Suplicatorios del Senado se citará este 2 de abril para estudiar la instancia del Tribunal Supremo a juzgar al senador y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar

La Comisión de Suplicatorios del Senado se ha citado el próximo 2 de abril para estudiar la instancia del Tribunal Supremo (TS) para dirigir un procedimiento penal contra el senador ourensano del PP José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52.

La Cámara Alta ha dado este miércoles un primer paso dando audiencia al propio Baltar para informarle de que se iba a tramitar el suplicatorio, sin embargo el senador y expresidente de la Diputación de Ourense ha optado por no acudir presencialmente a la cita y ha preferido mandar un escrito a la comisión.

En esta misma reunión, la Comisión de Suplicatorios ha designado también a los encargados de los grupos de redactar el texto que finalmente se someterá a votación, fijándose la primera reunión a la vuelta de Semana Santa, el próximo martes día 2 de abril.

Votaciones

Posteriormente, la Comisión de Suplicatorios ya al completo tendrá que votar si sigue adelante con el trámite, y si así ocurre, el suplicatorio llegará al Pleno del Senado, donde el PP cuenta con mayoría absoluta, para decidir antes del 10 de mayo si la Cámara alta da su `plácet` a que el parlamentario Baltar sea juzgado.

La Sala de lo Penal adoptó la decisión de pedir al Senado el suplicatorio después de que la magistrada instructora de la causa, Ana Ferrer, elevara una exposición razonada para que se solicitara la autorización a la Cámara Alta con el fin de suspender la inmunidad que goza el senador como aforado y proceder penalmente contra él al haber apreciado indicios de delito.

En el marco de la resolución, el tribunal ha estimado pertinente suspender por ahora la tramitación de las actuaciones referidas al senador mientras que el Senado resuelva sobre la autorización solicitada.

La magistrada instructora estimó proceder contra Baltar al entender que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre el resultado del radar, la cifra alcanzaría los 204 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora, lo que a su juicio encaja en un delito contra la seguridad vial.

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