Doce años y medio de cárcel por matar a Leticia Sanabria

SENTENCIA JUDICIAL

Fátima A. ha sido condenada a doce años y medio de prisión más una indemnización de 150.000 euros por matar a su compañera de piso, Leticia Sanabria, en O Barco

Publicado: 07 abr 2025 - 12:53 Actualizado: 07 abr 2025 - 22:25

Fátima A. declarando en la Audiencia Provincial por el crimen de Leticia Sanabria.
Fátima A. declarando en la Audiencia Provincial por el crimen de Leticia Sanabria. | Miguel Ángel (Archivo)

Fátima A., compañera de piso y trabajo en un club de alterne de O Barco de Leticia Sanabria (29 años), ya ha sido sentenciada. La magistrada ponente le impuso doce años y medio de cárcel a tenor del veredicto del jurado popular que la halló culpable de un homicidio, con la agravante de abuso de superioridad. Dentro de la horquilla posible, la togada se decantó por la pena mínima posible.

Aun así, la defensa que ejerce el abogado Jorge Álvarez confirmó que recurrirá porque, según entiende, tener mal carácter no puede agravar un homicidio. “Recurriré porque el veredicto del jurado no se ajusta al resultado de la prueba practicada durante el juicio”, asegura. No comparte el abuso de superioridad que apreció el jurado popular y tan siquiera la autoría del crimen. ”¿Si hubo un forcejeo entre ellas, la víctima opuso resistencia, y Fátima se puso encima de ella para asfixiarla como es que mi clienta no tiene ni una sola herida defensiva?”, se pregunta.

No obstante, los jurados repararon en la gran complexión física de Fátima frente a la víctima, muy menuda. Y sopesaron, además, que la inculpada tenía tres uñas acrílicas rotas. Ella sostuvo que ya lo estaban días antes -una amiga de ambas, detenida y encarcelada por estos hechos al comienzo de la instrucción, también lo dijo- y que pensaba ir a arreglarlas a los dos días. La peluquera de Ponferrada testificó que solo tenía una cita para el pelo.

Dos extranjeras en O Barco

Leticia y Fátima se conocieron en el local de alterne en el que ambas ejercían la prostitución. La primera era oriunda de Paraguay y la segunda había nacido en Nigeria. En el club, la víctima ganaba más dinero y era frecuente que se lo prestase a Fátima y no se lo devolviese.

El homicidio tuvo lugar en el piso que ambas compartían el 10 de septiembre de 2021, cuando llegaron a la vivienda sobre las tres de la madrugada. Poco después, entre las cuatro y las seis, según entendió acreditado el jurado, “se inició un enfrentamiento entre ellas, en el curso del cual la acusada comenzó a agredir a su compañera” y le causó lesiones consistentes en múltiples contusiones, así como una herida incisa en el hombro izquierdo con un objeto punzante. Finalmente, cogió algún objeto blando tipo peluche y, con la intención de anular la resistencia mostrada por la víctima y de acabar con su vida, “se lo colocó sobre la cara, le taponó las vías respiratorias y apretó con fuerza ininterrumpidamente hasta que le causó la muerte por asfixia”, señala la sentencia.

El jurado consideró probado, tanto por las declaraciones realizadas en el juicio por los médicos forenses como por sus informes, que la muerte se produjo por asfixia por sofocación. Las lesiones que presentaba la perjudicada en la cara y en el cuello eran de defensa.

La magistrada presidenta explica que el abuso de superioridad lo estimó acreditado el jurado “por el carácter fuerte y difícil de la acusada, corroborado por los testigos y reconocido por la propia acusada. Sin olvidar las declaraciones de los forenses, que indican que se produjo opresión en la pelvis izquierda y en el hombro izquierdo, lo que le impedía erguirse”, limitando las capacidades defensivas de Leticia.

La ponente recoge en su argumentario la tesis del Supremo sobre el abuso de superioridad: “Para apreciar esta agravante es preciso que se dé un importante desequilibrio de fuerzas a favor del agresor (….) y que esta situación de asimetría fuera deliberadamente ocasionada o, conocida, exista un aprovechamiento de la misma”.

En el fallo -señala- no cabe apreciar la concurrencia de las circunstancias atenuantes de drogadicción y dilaciones indebidas planteadas por la defensa de la inculpada.

Y le impone el pago de una indemnización a la familia de la víctima de 150.000 euros. Leticia, antes de morir, ayudaba a sus padres y hermanos con importantes cantidades.

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