TRIBUNALES

Dos años de cárcel a un profesor de Ourense por agredir sexualmente a un menor de 8 años

El condenado por agredir sexualmente a un menor de 8 años, el pasado 6 de junio (Foto: Martiño Pinal).
photo_camera El condenado por agredir sexualmente a un menor de 8 años, el pasado 6 de junio (Foto: Martiño Pinal).
La Audiencia Provincial condena a dos años de cárcel a un profesor de un taller que agredió sexualmente en Ourense a uno de sus alumnos de ochos años durante una de sus clases

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense condena a dos años de cárcel a un profesor de un taller que agredió sexualmente en Ourense a uno de sus alumnos de ocho años durante el transcurso de sus clases.

La sección segunda de la Audiencia Provincial considera probado que el acusado, cuando se encontraba solo con el menor, al que impartía un taller de piezas Lego, le hizo un masaje en los hombros y le puso un vídeo de dibujos animados con alto contenido sexual en el que aparecía el personaje de Lisa Simpson de adulta desnuda y un caballo eyaculando. Así mismo se afirma en la sentencia que el acusado, con ánimo libidinoso, tocó al menor por encima de la ropa en la zona de la ingles. Además, el acusado le dijo al menor que no le contara este hecho a sus padres.

 

Los hechos

Los hechos juzgados ocurrieron el pasado 5 de mayo de 2023 durante un taller de Lego que impartió el acusado al menor. Tal y como relató la madre del menor durante la celebración del juicio, su hijo le dijo que el profesor le había dado un masaje en la espalda y le enseñó un vídeo en el móvil “en el que aparecía Lisa Simpson de mayor, que tenía tetas y vulva, y un caballo le metía la pata por la vulva”. Posteriormente, el acusado habría tocado las ingles al menor.

En este sentido, el padre de la víctima explicó en el juicio que él habló con su hijo al día siguiente y este le contó que de la pata del caballo del vídeo salía “un líquido blanco”. En este sentido, los padres aseguraron que su hijo no era capaz de habérselo inventado todo.

 

También se recoge una condena de cuatro años de inhabilitación para actividades relacionadas con menores. 

Durante la celebración del juicio, la defensa solicitó una sentencia absolutoria. Entre sus argumentos resaltó que el vídeo sexual no existía, ya que no había sido encontrado en el momento en el que fue analizado el móvil. En la sentencia, la Audiencia Provincial esgrime que aunque hubiese sido recomendable que se hubiese encontrado el vídeo, este terminal no tiene por qué ser el mismo en el que exhibió el vídeo de carácter pornográfico.

Por su parte, el acusado sostuvo en todo momento que “de ninguna manera le enseñé ningún vídeo porno, no tengo vídeos de ese estilo ni en el local, donde no hay pantallas, ni en el móvil”. 

Fallo judicial

La Audiencia Provincial, en la sentencia, falla a favor de condenar al acusado por un delito de agresión sexual a dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleven contacto regular con menores. Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento de 200 metros al menor, así como a su domicilio, colegio o cualquier lugar donde se encuentre durante tres años.

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